Contexto: Tutela en Colombia

Con la promulgación de la Constitución Política de Colombia de 1991, se instauró la Acción de Tutela como mecanismo idóneo para la protección, restitución y restauración de los derechos fundamentales, siempre que estos se encuentren en riesgo inminente.

Este mecanismo puede ser presentado por cualquier ciudadano ante cualquier tribunal o juzgado del país, independientemente de la naturaleza de la solicitud. Asimismo, algunas personerías municipales están facultadas para recibir estas acciones. La Acción de Tutela se caracteriza por su universalidad en términos de diligenciamiento y cumplimiento. Por definición, esta puede ser radicada en cualquier formato escrito, ya sea manuscrito o equivalente, y no requiere la asistencia de un abogado.

En los últimos años, los esfuerzos hacia la transformación digital de la Rama Judicial han permitido que la radicación de tutelas se realice también a través de canales digitales, ampliando el acceso y agilizando los trámites para los ciudadanos.

Ahora bien, y dado el “riesgo inminente” del que se busca proteger, la Rama Judicial dispone de un plazo máximo de 10 días para emitir un fallo una vez cuenta con la información necesaria. Este fallo puede ser impugnado dentro de los tres días siguientes a su notificación.

En Colombia, la Acción de Tutela es ampliamente utilizada para salvaguardar derechos fundamentales como la vida, la educación y el trabajo. A continuación, se presentan estadísticas suministradas por la Corte Constitucional sobre los derechos más solicitados mediante este mecanismo:

Aquí se evidencia la gran diversidad e importancia de las pretensiones presentadas por la ciudadanía a través de la Acción de Tutela. Un ejemplo clásico es la solicitud de medicamentos o tratamientos médicos negados u omitidos por las Entidades Promotoras de Salud (EPS) en Colombia. A través de este mecanismo, el afectado, sus familiares o apoderados pueden recurrir a un juez para que evalúe si existe una vulneración inminente al derecho a la salud, considerado conexo al derecho fundamental a la vida.

Para complementar esta breve explicación, resulta útil analizar la visualización de tutelas radicadas por municipio per cápita, ofrecida por la Corte Constitucional:

De esta visualización, entendemos que, aunque aproximadamente el 0.4% de los colombianos ha presentado Acciónes de Tutela cada año, en ciertos municipios, especialmente en aquellos clasificados como zonas de alta vulnerabilidad social y económica, esta proporción es significativamente mayor.

Por ejemplo, en Apartadó, el 4.1% de la ciudadanía ha utilizado este mecanismo para proteger sus derechos, cada año y en promedio desde 1991.

Para entender mejor la magnitud de este fenómeno, a continuación, se presenta una gráfica que ilustra la cantidad total de acciones de tutela radicadas anualmente ante la Corte Constitucional, destacando su constante y acelerado crecimiento. 

Al analizar esta información, surgen dos conclusiones evidentes. En primer lugar, en Colombia existe una percepción generalizada de vulneración de derechos fundamentales. En segundo lugar, el crecimiento acelerado de las acciones de tutela plantea un desafío significativo para la Rama Judicial, que, bajo su obligación constitucional, debe analizar y fallar un número cada vez mayor de casos de manera idónea, informada y dentro de los términos establecidos.

Adicionalmente, todos los expedientes de tutela en Colombia deben ser remitidos a la Corte Constitucional para garantizar la calidad y uniformidad en los fallos, independientemente de las decisiones individuales de cada juez.

Hace unos años, este proceso implicaba el transporte de toneladas de papel en camiones hacia Bogotá. Afortunadamente, hoy en día, este procedimiento se realiza casi en su totalidad a través de canales digitales, representando un avance significativo hacia la transformación digital del sistema judicial.

En el siguiente apartado, se contextualizará de manera general el procesamiento de la información al interior de la Corte Constitucional, con un enfoque específico en la selección y revisión de tutelas.

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